MEDIDAS DE APOYO JUDICIAL A DISCAPACITADOS EN ALCALÁ DE HENARES

MEDIDAS DE APOYO JUDICIAL

Desde el nacimiento, todas las personas tienen capacidad jurídica. Sin embargo, hay situaciones en las que algunos pueden necesitar apoyo para ejercer su capacidad de obrar, especialmente en casos de limitaciones físicas, sensoriales o psíquicas. Con la reforma legal de 2021 en España, el concepto de incapacitación judicial ha sido sustituido por medidas de apoyo, cuyo objetivo es proteger los derechos de estas personas sin restringir su capacidad de forma absoluta.

¿Qué son las medidas de apoyo judicial?

Todas las personas mantienen su personalidad jurídica desde el nacimiento hasta su fallecimiento, pero no siempre tienen la capacidad plena para tomar decisiones o realizar ciertos actos jurídicos. Ahora, en lugar de incapacitar a una persona judicialmente, se promueven medidas de apoyo, como la curatela, para que puedan tomar decisiones con la asistencia adecuada.

Estas medidas se aplican cuando una persona, debido a circunstancias como discapacidad o enfermedad, necesita ayuda para gestionar su vida diaria. Ya no se habla de «incapacitación judicial», sino de otorgar un apoyo ajustado a las necesidades de la persona.

¿Qué ocurre en casos extremos, como el coma o incapacidad total?

Cuando una persona está en una situación en la que no puede tomar ninguna decisión por sí misma, como un estado de coma o una incapacidad total, las medidas de apoyo previstas por la legislación se adaptan. En estos casos, la ley permite que un curador asuma una curatela representativa, lo que le otorga la capacidad de tomar decisiones en nombre de la persona en todos los aspectos necesarios.

En esta situación, el curador actúa en todos los actos jurídicos y administrativos que sean necesarios para el bienestar de la persona. Aunque la ley promueve medidas de apoyo lo menos restrictivas posible, cuando la persona no tiene ninguna capacidad de decisión, se aplican medidas más amplias que permiten al curador gestionar tanto su salud como su patrimonio.

Si surge algún conflicto de intereses o una situación en la que el curador no pueda actuar, se puede nombrar un defensor judicial temporalmente para proteger los intereses de la persona.

Para más información, puedes consultar el Código Civil reformado.

Causas de las medidas de apoyo judicial

El Código Civil reformado establece que estas medidas se pueden aplicar en situaciones en las que haya enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma. Estas medidas buscan garantizar que la persona conserve la mayor autonomía posible, ofreciendo apoyo en los ámbitos en los que lo necesite.

Anteriormente, el proceso de incapacitación era definitivo. Sin embargo, la reforma ha traído un enfoque más flexible, en el que las medidas de apoyo pueden ajustarse a las necesidades cambiantes de la persona.

El procedimiento para aplicar medidas de apoyo

El procedimiento judicial para establecer medidas de apoyo sigue siendo riguroso, y solo un juez puede dictar sentencia tras evaluar las circunstancias. Según la Ley de Enjuiciamiento Civil:

  • Competencia: El Juez de Primera Instancia del lugar de residencia de la persona será quien evalúe la necesidad de aplicar medidas de apoyo.
  • Promotores: Pueden solicitar estas medidas la propia persona interesada, su cónyuge, familiares directos como descendientes o ascendientes, y hermanos. Además, el Ministerio Fiscal puede intervenir cuando no existan familiares que promuevan la solicitud.
  • Defensa: La persona tiene derecho a defensa legal en el proceso. Si no cuenta con abogado propio, el Juzgado le asignará uno para garantizar sus derechos.

Instituciones tutelares tras la reforma legal

La reforma de 2021 también ha modificado las instituciones tutelares, que ahora se enfocan en proporcionar apoyo más que en restringir la capacidad. Las principales figuras legales son:

  • Curatela: Es la institución más utilizada en la actualidad. El curador asiste a la persona en aquellos actos que no pueda realizar por sí misma, pero no toma decisiones en su lugar. Es una medida flexible, ajustada a las necesidades de la persona.
  • Defensor judicial: Nombrado por el juez para casos específicos en los que el curador no pueda actuar, o cuando se necesite una defensa puntual de los intereses de la persona.
  • Patria potestad prorrogada o rehabilitada: Cuando una persona mayor de edad necesita apoyo continuo, los padres pueden recuperar los derechos y deberes que tenían durante la minoría de edad de su hijo.

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