Novedades legislativas 2026: cambios en derecho penal, divorcios y Ley de Segunda Oportunidad

El año 2026 está dejando importantes novedades jurídicas que afectan directamente a particulares, familias, personas endeudadas y quienes se enfrentan a un procedimiento penal. Algunas proceden de reformas legislativas aprobadas durante este mismo año, mientras que otras derivan de normas que ya habían entrado en vigor y que están teniendo ahora una aplicación especialmente relevante.

En este artículo repasamos algunos de los principales cambios y novedades jurídicas que afectan al derecho penal, al derecho de familia y a la Ley de Segunda Oportunidad, con especial atención a aquellas cuestiones que pueden tener consecuencias prácticas para los ciudadanos.

Cambios en derecho penal: nuevas reglas frente a la multirreincidencia

Una de las principales novedades legislativas de 2026 en materia penal es la Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril, en materia de multirreincidencia, que modifica tanto el Código Penal como la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La norma fue publicada en el BOE el 9 de abril de 2026 y entró en vigor al día siguiente.

La reforma pretende reforzar la respuesta penal frente a determinadas conductas delictivas reiteradas, especialmente aquellas relacionadas con hurtos y estafas de menor cuantía, además de introducir modificaciones en otros delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.

Puedes consultar el texto completo de la Ley Orgánica 1/2026 en el BOE. Ley Orgánica 1/2026 en el BOE

Más consecuencias para determinados casos de multirreincidencia

Una de las modificaciones más relevantes afecta al tratamiento de los antecedentes penales en determinados supuestos.

La reforma modifica, entre otros, los artículos 22, 66, 80, 234, 235, 248 y 250 del Código Penal. En determinados delitos leves, los antecedentes pueden adquirir relevancia cuando concurren las circunstancias específicas previstas para los tipos agravados por multirreincidencia.

Esto afecta especialmente a determinadas situaciones de hurtos y estafas reiteradas, por lo que el historial penal de una persona puede tener una importancia mayor a la hora de determinar las consecuencias jurídicas de una nueva infracción.

La reforma también introduce un supuesto agravado específico para la sustracción de teléfonos móviles y determinados dispositivos electrónicos, teniendo en cuenta no solo su valor económico, sino también la información personal que pueden contener.

Nuevas herramientas procesales para evitar la reiteración delictiva

La reforma penal de 2026 no se limita a modificar las penas.

También introduce cambios en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Entre ellos, se amplían las finalidades de las primeras diligencias para incluir expresamente la posibilidad de evitar la reiteración delictiva.

Asimismo, se modifica el régimen de determinadas medidas cautelares, permitiendo que, cuando resulte necesario y de forma motivada, puedan establecerse prohibiciones relacionadas con acudir o residir en determinados lugares.

Para una persona investigada, estos cambios hacen todavía más importante contar con asesoramiento penal desde las primeras fases del procedimiento, especialmente cuando existen antecedentes o se investigan delitos patrimoniales reiterados.

Divorcios y derecho de familia: los cambios que siguen afectando en 2026

En materia de divorcios, una de las reformas que más está condicionando los procedimientos actuales es la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

Aunque fue aprobada en 2025, su entrada en vigor se produjo el 3 de abril de ese año y su aplicación continúa teniendo una incidencia directa en los procedimientos de familia durante 2026.

Uno de sus aspectos más importantes es la generalización de los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) como requisito previo en numerosos procedimientos civiles.

Esto significa que, en determinados procedimientos relacionados con el derecho de familia, antes de acudir a los tribunales puede ser necesario acreditar que se ha intentado solucionar el conflicto mediante alguno de los mecanismos previstos legalmente, salvo las excepciones establecidas por la propia normativa.

¿Cómo afecta esta reforma a un divorcio?

La aplicación práctica de los MASC está generando ya pronunciamientos judiciales.

En febrero de 2026, la Audiencia Provincial de Murcia consideró que un burofax con una propuesta de negociación podía servir para acreditar el intento previo de solución del conflicto y ordenó admitir una demanda de divorcio que inicialmente había sido inadmitida.

Este tipo de resoluciones demuestra la importancia de preparar correctamente el procedimiento antes de presentar una demanda.

No basta necesariamente con intentar contactar informalmente con la otra parte. La forma de acreditar la negociación previa puede resultar determinante para evitar problemas procesales.

La propia Ley Orgánica 1/2025 establece además nuevas reglas de organización de los órganos judiciales especializados en familia, infancia y capacidad.

Mayor especialización de los órganos judiciales de familia

Otra de las consecuencias de la reforma de eficiencia de la Justicia es la reorganización de los órganos judiciales.

La normativa contempla las Secciones de Familia, Infancia y Capacidad de los Tribunales de Instancia, con competencias específicas sobre materias como matrimonio, régimen económico matrimonial, divorcio, guarda y custodia, alimentos y relaciones paternofiliales.

Esta reorganización pretende favorecer una mayor especialización y homogeneidad en la tramitación de los asuntos de familia.

Para quienes estén pensando en iniciar un divorcio, solicitar una modificación de medidas o plantear un procedimiento de custodia, conocer qué órgano es competente y qué requisitos procesales deben cumplirse previamente es cada vez más importante.

Segunda Oportunidad: una jurisprudencia especialmente relevante en 2026

En materia de Ley de Segunda Oportunidad, 2026 está siendo especialmente relevante por las resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo sobre la aplicación de la reforma concursal introducida por la Ley 16/2022.

La reforma concursal modificó profundamente el sistema de exoneración del pasivo insatisfecho y amplió las posibilidades de que particulares y autónomos puedan acceder a una segunda oportunidad.

Puedes consultar la Ley 16/2022 en su versión publicada en el BOE. Ley 16/2022 de reforma concursal

El Tribunal Supremo aclara la exoneración de deuda pública

Una de las cuestiones más importantes de 2026 ha llegado con varias sentencias del Tribunal Supremo dictadas en febrero.

La Sentencia 260/2026, de 18 de febrero, aborda directamente la exoneración de los créditos de Derecho público y la interpretación del artículo 489.1.5.º del Texto Refundido de la Ley Concursal.

El Tribunal Supremo considera que los límites legales a la exoneración del crédito público pueden aplicarse respecto de cada acreedor público, y no únicamente sobre el conjunto de las deudas públicas del deudor.

Esto puede tener una importancia considerable para personas que mantienen deudas simultáneamente con diferentes administraciones.

Además, otra sentencia dictada el mismo día, la Sentencia 264/2026, vuelve a analizar el alcance de la exoneración del crédito público y determinadas exclusiones previstas en la normativa concursal.

Por tanto, no debe entenderse que toda deuda pública queda automáticamente cancelada mediante la Ley de Segunda Oportunidad, pero tampoco que la existencia de deuda con Hacienda o la Seguridad Social impida necesariamente acceder a una exoneración.

El análisis debe realizarse caso por caso.

La importancia de preparar correctamente una Segunda Oportunidad

Las resoluciones del Tribunal Supremo ponen de manifiesto que la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad requiere estudiar con detalle la naturaleza de cada deuda.

Antes de iniciar el procedimiento resulta recomendable recopilar:

  • Relación completa de acreedores.
  • Contratos de préstamos y créditos.
  • Deudas con Hacienda y Seguridad Social.
  • Embargos existentes.
  • Ingresos y gastos habituales.
  • Bienes y derechos del deudor.
  • Procedimientos judiciales o administrativos pendientes.

También será necesario determinar qué alternativa resulta más adecuada en cada caso: exoneración con liquidación de patrimonio o exoneración mediante un plan de pagos, especialmente cuando existe una vivienda habitual o determinados bienes que el deudor pretende conservar.

¿Qué significa todo esto para los ciudadanos en 2026?

Las reformas y novedades analizadas tienen un punto en común: los procedimientos jurídicos requieren cada vez más planificación desde el principio.

En derecho penal, las modificaciones sobre multirreincidencia pueden aumentar las consecuencias de determinadas conductas reiteradas.

En derecho de familia, las nuevas reglas procesales hacen especialmente importante preparar correctamente la negociación previa y acreditar los pasos realizados antes de acudir a los tribunales.

Y en materia de Segunda Oportunidad, la jurisprudencia del Tribunal Supremo está concretando cómo deben aplicarse las reglas de exoneración, especialmente respecto de las deudas de Derecho público.

Por eso, antes de tomar una decisión, es recomendable analizar cada situación individualmente y comprobar qué normativa y jurisprudencia resultan aplicables.

Asesoramiento jurídico ante los cambios normativos de 2026

El derecho está en constante evolución y una reforma legislativa o una nueva sentencia puede modificar la estrategia más adecuada para afrontar un procedimiento.

En Barbas Soriano & Asociados ofrecemos asesoramiento jurídico en materia de derecho penal, derecho de familia, divorcios y Ley de Segunda Oportunidad, analizando cada situación de manera individualizada.

Si tienes dudas sobre cómo te afectan las novedades legales de 2026, llámanos o escribe a nuestro despacho para estudiar tu caso y valorar las opciones disponibles.

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