PROCEDIMIENTO PARA CAMBIOS EN CUSTODIA: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS

Continuando el anterior artículo “MOTIVOS PARA MODIFICAR LA CUSTODIA DE MENORES” esta vez nos vamos a centrar en el procedimiento que recoge la Ley de Enjuiciamiento Civil en estos casos:

El Ministerio Fiscal, sobre hijos menores y/o discapacitados, y los propios cónyuges podrán solicitar al Tribunal que aprobó el vigente convenio regulador y las medidas convenidas, la modificación de las mismas si han variado sustancialmente las circunstancias del momento que se aprobaron.

Para su trámite se seguirá lo dispuesto en el artículo 770, pero en caso de mutuo acuerdo de los cónyuges se seguirá el artículo 777.

 

MODIFICACIÓN DE LA CUSTODIA DE MUTUO ACUERDO

Lo regula el artículo 775 y se sigue el procedimiento de presentación del 777. Se presentará un nuevo convenio con los cambios. Se acudirá con un abogado especialista en custodias y procurador.

MODIFICACIÓN DE LA CUSTODIA POR PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO

Lo inicia una de las partes sin consentimiento de la otra. La demanda solicitará nuevas medidas paternofiliales y acreditará los cambios sustanciales. En este caso cada parte deberá llevar su abogado especialista y el procurador.

En Barbas Soriano y Asociados somos expertos en Alcalá de Henares en custodias de menores, modificación de medidas y cambios en el convenio regulador. Ponte en contacto con nosotros rellenando este formulario.

Te podría interesar

INCAPACITACIÓN JUDICIAL EN ALCALÁ DE HENARES: BARBAS SORIANO Y ASOCIADOS

Todos tenemos capacidad jurídica de nacimiento, pero necesitamos también capacidad de obrar. La edad o las limitaciones físicas o sensoriales pueden ser circunstancias que requieran de una otra persona, que en nombre de ese primer sujeto ejerzan sus derechos mediante declaración judicial. Para ello hay que conseguir una incapacitación judicial.

11 DATOS SOBRE DERECHO PENAL

El Derecho Penal es una de las especialidades de nuestro despacho de abogados. Queríamos hacer una publicación sobre esta rama del derecho pero contando algunas características o curiosidades sobre la misma. No pretendemos hacer una clase magistral, pero es positivo siempre recordar que nuestro bufete de Alcalá de Henares está a disposición de aquellas personas que puedan necesitar nuestros servicios en relación a cuestiones de esta índole…

LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD – BARBAS SORIANO & ABOGADOS ALCALÁ DE HENARES

La ley de segunda oportunidad, desde su entrada en vigor hace ya 5 años, sigue siendo una gran desconocida para la mayoría de los españoles, incluso para aquellos que se pueden ver beneficiados por ella. Desde Barbas Soriano & Asociados queremos explicar en este post esta ley y las recientes modificaciones legislativas que le han afectado por la vía de la jurisprudencia.