TARJETAS REVOLVING: RECLAMACIÓN EN ALCALÁ DE HENARES

Las tarjetas revolving o tarjetas de pago aplazado, son un tipo de tarjetas de crédito que en ocasiones proponen los bancos y otras entidades de crédito a sus clientes. La característica principal es que sólo ofrecen la opción de pago aplazado.

¿QUÉ SON LAS TARJETAS REVOLVING?

Su funcionamiento es sencillo, cuando hagas compras con las tarjetas revolving sólo podrás pagar de forma aplazada, con los correspondientes intereses, generando una deuda en ocasiones constante.

Los bancos y entidades de crédito no tienen obligación legal de informar sobre el aumento de la deuda producido por el propio funcionamiento de las tarjetas revolving. Tampoco tienen obligación de informar de los posibles inconvenientes que puedan tener. Por eso es conveniente conocer los diferentes tipos que existen y la forma de proceder.

Entre las opciones de pago aplazado de las tarjetas revolving destacan dos modalidades de satisfacer la deuda; por una cuota fija mensual o por el abono de un porcentaje de la deuda. Ambas formas te pueden conducir a una espiral creciente de deuda de la que es muy complicado salir.

TARJETAS REVOLVING DE CUOTA FIJA MENSUAL

Con el abono de cuota fija mensual, el usuario de las tarjetas revolving fija con la entidad de crédito la cantidad que quiere abonar al mes. Si al acabar mes en cuestión ha gastado una cantidad mayor que la que figura en la cuota, esta irá aumentando la deuda y por supuesto, los intereses, por lo que se meterá en una espiral de débito creciente, en ocasiones ni siquiera cubrirá con la mensualidad los intereses, sobre todo si la cuota es baja.

TARJETAS REVOLVING DE PORCENTAJE DE LA DEUDA

Con el abono de un porcentaje de la deuda, se establece el pago mensual del usuario de las tarjetas revolving en un tanto por cien de los pagos realizados, a partir una cantidad mínima fija a pagar. Con este sistema se puede llegar a la paradoja de que nunca se termina de acabar de pagar todo, ya que se va alargando el plazo de devolución, aunque la cantidad que falta por pagar disminuya y baje la misma mensualidad, ya que va aumentando el interés. Estos intereses en ambos casos por lo general suelen ser altos, superiores al 20%.

En ocasiones las entidades de crédito intentan hacer que parezcan que son un producto muy “seductor” ofertando devoluciones de un porcentaje de las compras realizadas con ellas o no cobrando co

misiones de inicio o renovación.

USURA SEGÚN VARIAS SENTENCIAS

El Banco de España ha realizado varias recomendaciones que no son de obligado cumplimiento a las entidades financieras para que mejoren la información sobre pagos a largo plazo. Recientemente sentencias de JUZGADOS han dictado los primeros fallos por USURA a una tarjeta revolving, en un caso concreto anulando la deuda y obligando a devolver todas las cantidades que excedan la cantidad prestada.

Es por ello que el propio Tribunal Supremo va a revisar los intereses de las tarjetas revolving para ver si son usura, y ya en 2015 sentenció que así lo era si un crédito rebasaba un interés de un TAE del 24,6% .

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Son cada día más personas las que confían en nuestro despacho de abogados, Barbas Soriano & Asociados para reclamar este tipo de tarjetas revolving, una forma de usura que varios tribunales ya han juzgado favorablemente para los reclamantes afectados. Si tienes alguna duda llámanos al 622600899, deja de perder dinero cuanto antes y recuperar lo que es tuyo.

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